Los agentes municipales no podrán multar sin parar al conductor

La Razón

9 de abril de 2012

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el artículo 99 de la ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de la capital que permitía a los agentes municipales notificar una denuncia a un conductor sin pararle cuando el denunciante se encontrara realizando labores de regulación de tráfico y careciera de medios para proceder a la persecución del vehículo infractor.

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